¿ME PUEDE DESPEDIR MI JEFE SI NO CONTESTO AL WHATSAPP O A LAS LLAMADAS ESTANDO DE VACACIONES? ESTO DICE LA LEY

Con la llegada del verano, no solo viene el calor, sino que también para la gran mayoría de trabajadores llega la hora de tomarse unas buenas y muy merecidas vacaciones. Hay gente que parece que vive en unas constantes, pero muchos otros no tienen otro momento para desconectar que la semana o semanas que se toman durante estas fechas.

La tecnología ha facilitado muchos aspectos de nuestro trabajo, no obstante, también ha complicado el poder diferenciar entre lo que es horario laboral y nuestro tiempo libre, ya que al estar constantemente conectados, para tu jefe es tan sencillo como hacer una llamada o enviar un mensaje para informarte de que tienes que entregar un documento o rellenar una cartilla.

Aunque esto no esté bien, entre semana puede que sí que le contestes para no tener problemas al día siguiente, sin embargo, ¿qué ocurre si estás en la playa o subiendo una montaña durante tus vacaciones y recibes esa impertinente llamada o aluvión de mensajes?

¿Me pueden llamar del trabajo durante mis vacaciones?

La Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos y Garantías de los Derechos Digitales, indica que la desconexión digital es una de las condiciones indispensables en las relaciones laborales, donde se especifica que todos los trabajadores y empleados públicos tienen derecho a la desconexión digital para garantizar el respeto de su tiempo de descanso, así como de su intimidad personal y familiar.

Esto significa que cuando estás de vacaciones o incluso si no lo estás pero tu horario laboral ya se ha terminado no estás obligado en ningún momento a responder las llamadas o mensajes de tu jefe o nadie de tu trabajo y no puedes ser sancionado o perjudicado por ello.

De hecho, este es un derecho que si llega a los oídos de la Inspección de Trabajo es la empresa quien puede recibir una buena multa.

Multas a las empresas por incumplir este derecho

Como decíamos, nuestra empresa no se puede poner en contacto con nosotros durante nuestras vacaciones o tiempo libre en general. Si bien es cierto que ha habido algunos casos en los que se ha podido justificar estas llamadas, como si se ha borrado una carpeta con información importante y tú eres la única persona que tiene acceso para recuperarla, en la inmensa mayoría de casos esto es ilegal.

Por ello si la compañía te contacta durante tus vacaciones, puedes denunciar estos actos por vulneración del derecho a la desconexión del trabajo, e Inspección de Trabajo podría multar a tu compañía con multas que van desde 626 a 6.250 euros de multa, en función de la gravedad.

Aunque si tu empresa repite de forma reiterada esta vulneración de tu derecho a la desconexión digital, se podría considerar como acoso laboral, y aquí las multas van desde los 6.251 a los 187.215 euros. Por lo tanto, en ningún momento no pueden despedir o sancionar por no contestar a las comunicaciones mientras estamos de vacaciones.

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