EL TSJ DE MADRID RECHAZA EL "INCOMPRENSIBLE" RECURSO DEL FISCAL CONTRA LA APERTURA DE UNA CAUSA POR LA DIFUSIóN DE DATOS DEL NOVIO DE AYUSO

El tribunal sugiere que la impugnación de la decisión de abrir diligencias, que no es recurrible, responde a motivos que no son jurídicos.

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha despachado con dureza el recurso de la Fiscalía contra la decisión de abrir una investigación por la difusión de datos reservados de Alberto González Amador, novio de la presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso.

La respuesta a la Fiscalía es que, para empezar, esa decisión que se recurre no era recurrible. Y que el intento de hacer cerrar la causa en el mismo momento en que el juez cumple la orden del propio TSJ de ponerla en marcha "resulta tan improcedente como incomprensible -al menos desde un punto de vista técnico jurídico-".

La Sala Civil y Penal del TSJ también considera "desacertado y desproporcionado" el reproche de la Fiscalía al juez instructor por dirigir la actuación solo contra los fiscales y no contra terceras personas que pudieran haber participado en la presunta revelación de secretos. Lo que hace es dirigir la causa contra quienes aparecen como querellados "y no puede ser de otro modo".

La querella es la que interpuso González Amador tras comprobar que la Fiscalía, por orden del fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, divulgaba en una nota de prensa datos sobre sus negociaciones para alcanzar un acuerdo por los delitos fiscales que se le atribuyen.

El recurso lamentaba también que el juez instructor del TSJ -que lleva el caso al estar aforados los imputados hasta ahora- aceptara las diligencias que proponía el querellante. La Sala ve "excesivas" esas críticas, porque las diligencias están justificadas y no necesita el juez mayor motivación para acordarlas.

"No podemos estar en mayor desacuerdo"

Afirmaba también el recurso que se había abierto una investigación "prospectiva" y basada "en meras sospechas que no alcanzan ni la categoría de indicios". "No podemos estar en mayor desacuerdo", responde la Sala, subrayando que la tesis del fiscal supone incluso contradecir la Circular de la Fiscalía General del Estado sobre cómo tratar los datos de los investigados.

Además de la nota de prensa con datos de González Amador, el juez indaga en la filtración previa de datos sobre la causa. Sobre ello, el recurso lamenta de nuevo que no apunte más que a los fiscales.

"No es admisible", dice el tribunal, "la tajante afirmación de que no existe ningún indicio o prueba material de que la filtración de los correos electrónicos fuera realizado desde el ámbito de la Fiscalía que se vincula con la inmediata especulación de que 'más bien parece que se hizo desde el entorno de la defensa' la fase instructora habrá precisamente de desplegar las diligencias para desmentir el aserto o corroborarlo".

"Que la revelación del contenido de los correos electrónicos a diversos medios de comunicación, antes de la publicación de la nota de prensa por la Fiscalía Provincial de Madrid, fue, o no, efectuada por uno o varios miembros del Ministerio Fiscal es precisamente lo que a través de la necesaria investigación acordada será preciso esclarecer, careciendo de sentido en este punto de salida de la instrucción la constante afirmación de la inexistencia de indicio o prueba material al respecto", añaden los magistrados.

Los investigados, que se adhirieron al recurso rechazado, son la fiscal jefe de Madrid, Pilar Rodríguez, y el fiscal de delitos económicos Julián Salto, que llevaba el caso del novio de Ayuso. A la querella de González Amador contra ellos se suma la acusación que ejerce el Colegio de Abogados de Madrid.

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